lunes, febrero 28, 2011

CASO FLORENCE CASES. EL SISTEMA DE JUSTICIA MEXICANO EN SU LABERINTO.

No soy experto en Derecho Penal mexicano y Administración de justicia, y sin embargo me parece que algunos especialistas del tema, polítologos y periodistas mexicanos, que han logrado publicar la mar de opiniones diversas en los medios de comunicación más importantes del país, comparten superficialidad, fascinación por el escándalo y enredados juicios al vapor, todo lo cual, generado desde la presunción acrítica de que el sistema de justicia mexicano es infalible, objetivo, certero e imparcial. En medio del jaloneo de dimes y diretes que ha trascendido lo nacional hasta convertirse en un intercambio de agravios poco diplomáticos entre México y Francia, los connacionales enseñan el cobre exhibiendo desconocimiento del derecho internacional. La batahola desbocada de los jilgueros chovinistas contrasta con las dudas razonadas de sus pares franceses, quienes, por decir lo menos, han logrado colocar un severo cuestionamiento al sistema de justicia mexicano por las flagrantes fallas normativas, de procesamiento y procedimiento en las que incurre, mismas que en conjunto, vician e invalidan de origen cualquier pretensión de objetividad y certeza jurídica. Creo que el señalamiento de los magistrados franceses parecerá familiar a más de un mexicano, porque todos los días padecemos la injusticia, la legalidad "ilegal" y la enorme corrupción "sistémica", que obstruye, corrompe y desvirtúa la administración de justicia en nuetro país. Sí bien el contenido de las normas mexicanas puede ser claro y genérico, su interpretación y aplicación final pueden invalidar la norma o incluso contravenir su contenido. El efecto último de este modo de proceder permite en los hechos la emergencia conveniente de una perversión: la existencia de dos clases de derecho penal. Una que se aplica con "reservas de ley" a las personas que pueden pagarse un agresivo lobby de abogados para evadirse de su responsabilidad jurídica. Otra que se aplica "con todo el peso de la ley" para las personas que no tienen dinero para defenderse.

Cabe hacer notar que el cuestionamiuento de la parte francesa no ataca tanto el contenido de las leyes como si lo hace con la parte de los procesos y los procedimientos, a través de los cuales, se asigna a una persona la categoría culpable o inocente. Es en esta parte de la discusión, cuando los peores antecedentes del sistema penal mexicano emergen desde el abismo y permiten formarse una presunción razonada de duda, pues el abuso y la culpabilidad forzada a través de la tortura física o psicológica, siguen siendo moneda corriente para legitimar políticamente la existencia del estado de derecho en materia penal. Es díficil no admitir la fama de torturadores de los "agentes" mexicanos, lo cual, es consistente con un país que ocupa un lugar destacado en la violación de derechos humanos, y de un Estado -el mexicano-, que es presionado por empresarios para lograr resultados, sin importar que estos sean significativos o no. 

Por otra parte, para  los efectos instrumentales del estado de derecho en México, es lesivo que el presidente de la república se pronuncie sobre un particular del que no tiene competencia, pero igual lo es el hecho de que el presidente de por sentado la inocencia o culpabilidad de una persona, porque eso último es una propensión, es decir, un juicio tendencioso que sobredetermina la orientación de una situación. Es conveniente puntualizar que tanto la parte mexicana como la francesa han incurrido en esa abominación, obstruyendo y oscureciendo la administración de la justicia. Sin embargo la parte mexicana se lleva la peor parte porque uno de los aspectos donde reprueba su sistema de justicia es en de las condiciones de objetividad y certeza jurídica que establece la culpabilidad de la ciudadana francesa. ¿Por que? porque las pruebas ofrecidas y las declaraciones testimoniales señalan la posibilidad de que Cassez haya participado indirectamente en los secuestro y retención ilegal de las familias, más no aportan evidencias fuertes de que así haya sido. Un señalamiento crucial en la argumentación francesa es que sus pares mexicanos entreguen "las pruebas" para un escrutinio de réplica más amplio, sobre lo cual, la parte mexicana se ha rehusado alegando "imcompatibilidad jurídica". Por último, los pares franceses señalan las lamentables condiciones de las cárceles mexicanas, con sobrepoblación y vacío de programas efectivos de reinserción social, lo cual, aunque nos duela, es cierto. Sí bien el délito en el que supuestamente participó Florence Cassez se ejecutó en México, la ciudadana francesa puede apelar no solo desde las instancias nacionales, también puede hacer intervenir arbitraje internacional para evaluar la "ilegalidad" de la legalidad mexicana y los procedimientos de investigación que siguió la fiscalía para determinar su supuesta culpabilidad.

Por último, los errores de la parte mexicana han sido expuestos a la luz del paupérrimo y fallido estado de derecho, supeditado a los vapores políticos y los denominados poderes de facto, además de desenmascarar lo absurdo de un nacionalismo vacuo que se esgrime para justificar una guerra contra la criminalidad que a más e cuatro años no ha dado ningún resultado trasparente ni significativo, más que pura simulación y barullo televisivo. 

JORGE ANTONIO DÍAZ MIRANDA
28 DE FEBRERO DE 2011.

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